Reglamento Interno de Personal - RRHH
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Reglamento Interno de Personal
CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por finalidad regular las relaciones entre Autoridades tanto Académicas como administrativas de la Universidad Mayor de San Andrés, con los funcionarios Administrativos y de servicio de la Institución, determinando derechos, obligaciones y responsabilidades.
Artículo 2.- Se exceptúan del campo de aplicación del presente Reglamento, las Autoridades Superiores de la Universidad Mayor de San Andrés, tales como Rector, Vicerrector, Secretario General, Director Administrativo Financiero y Autoridades del Área Académica.
Artículo 3.- Forman parte del Personal Administrativo de planta de la Universidad Mayor de San Andrés todas las personas que habiendo sido designadas reciben una remuneración mensual por sus servicios y se encuentran bajo dependencia de la Universidad en forma regular y permanente.
Artículo 4.- Las disposiciones de este Reglamento Interno son obligatorias para todos los funcionarios administrativos; quienes están sujetos a su estricto cumplimiento.
CAPITULO II. DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PERSONAL
Artículo 5.- El proceso de administración de personal es una atribución que corresponde a los Jefes inmediatos y superiores de las unidades orgánicas de la U.M.S.A., así como a las Comisiones que se establecen y los organismos superiores formales de alta dirección; ellos asumen, a través del presente Reglamento, la responsabilidad de conducir y cumplir con la mayor eficiencia el objetivo que se les ha asignado, asegurando el establecimiento de las mejores relaciones humanas.
Artículo 6.- El Departamento de Personal Administrativo se constituye en la unidad técnica especializada para el cumplimiento de las normas señaladas en el presente Reglamento y la correcta administración de personal, velando porque todas las acciones de personal que se produzcan busquen la optimización de los recursos humanos en beneficio de la U.M.S.A., actuando en estrecha coordinación con las unidades operativas.