Reglamento de Compromiso Beca - RRHH
Escalafón Personal Administrativo UMSA 2025
Resultados: Escalafón Administrativo Gestión 2025
Grupos I, II y III calificados (Resolución H.C.U. No 514/2025)
Objetivos del Reglamento de Escalafón Administrativo
- Los objetivos se centran en proporcionar a las autoridades y unidades técnicas información para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos, optimizar grados de eficiencia del personal mediante un adecuado proceso de evaluación, reconocer e incentivar el desempeño y capacitación con una política de incentivo económico, brindar criterios para la movilidad funcionaria al Departamento de Recursos Humanos, Detectar necesidades de capacitación del personal administrativo de la UMSA.
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Reglamento de Beca de Práctica Pre Profesional
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. (Objeto).- El presente Reglamento tiene por objeto regular la asignación, ejecución y suscripción de Compromisos de Beca de Práctica Pre Profesional, en favor de estudiantes regulares de la Universidad Mayor de San Andrés, a fin de fortalecer su formación integral mediante la aplicación de conocimientos y el desarrollo de competencias en unidades académicas y administrativas de la UMSA, sin que se genere relación laboral, ni vínculo de dependencia con la UMSA.
ARTÍCULO 2. (Naturaleza de la Beca de Práctica Pre Profesional).- La Beca de Práctica Pre Profesional es un beneficio académico y formativo otorgado por la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA) a estudiantes de último curso o que han concluido el Plan Curricular de su Carrera Universitaria, con rendimiento académico destacado, bajo supervisión y sin que se genere relación laboral, ni vínculo de dependencia con la UMSA.
ARTÍCULO 3. (Alcance).- Podrán acceder a la Beca de Práctica Pre Profesional los estudiantes que hayan concluido el Plan Curricular o cursen el último curso de su carrera universitaria, priorizando a quienes obtuvieron los mejores promedios académicos, siempre que no hubiesen transcurrido más de 24 meses desde la conclusión de estudios.
ARTÍCULO 4. (Base Legal).- El presente Reglamento de Beca se sustenta en:
a) El Artículo 92° de la Constitución Política del Estado, que reconoce la Autonomía Universitaria, además de facultar el diseño de sus instrumentos normativos.
b) El Estatuto Orgánico de la Universidad Mayor de San Andrés en su Artículo 5 párrafo I, inciso d) establece la atribución de elaborar planes, presupuesto y reglamentos. El Artículo 13 inciso f) contempla como uno de los fines y objetivos principales de la UMSA, el desarrollo del proceso académico que integra la teoría y la práctica.
c) La Resolución del Honorable Consejo Universitario Nº 229/2009, de fecha 14 de julio de 2009, que establece el accionar, límites y sistemas de coordinación para el control de becarios al interior de la Institución.
d) La Resolución Rectoral Nº 907/2014 de fecha 4 de noviembre de 2014, que dispone utilizar el término “Beca”.
ARTÍCULO 5. (Definiciones).- Para una mejor comprensión del presente reglamento, se establecen las siguientes definiciones:
a) Beca de Práctica Pre Profesional: Apoyo otorgado por la Universidad Mayor de San Andrés a estudiantes que hayan concluido su Plan Curricular o se encuentren cursando el último curso de su carrera, consistente en una ayuda económica, a cambio de la aplicación supervisada de sus conocimientos, habilidades y destrezas en tareas vinculadas a su formación profesional, como etapa previa al proceso de inserción laboral en la sociedad.
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